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SAT Buzón Tributario: ¿qué novedades ofrece?

El método más práctico para mantenerte al día con las actividades realizadas por el SAT es el Buzón Tributario.

Este novedoso mecanismo digital te permitirá obtener información sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales. También podrás solicitar información acerca de los trámites que necesites hacer, entre otros servicios a los que podrás acceder, ¡veamos cómo funciona!

¿Conoces el Buzón Tributario del SAT?

Por si no lo sabías, el Buzón Tributario es un mecanismo que se creó por el SAT para mantener la comunicación entre los contribuyentes y el organismo.

El objetivo principal del buzón es simplificar la emisión y recepción de las notificaciones en materia de actos administrativos. Otra de sus funciones es hacer que los contribuyentes reciban mensajes de interés de manera fácil y segura. De este modo, los usuarios también tienen la alternativa de presentar promociones, avisos o dar cumplimiento a los requerimientos informados por el SAT.

Información sobre el buzón tributario de SAT
Información de uso del buzón tributario del SAT mexicano.

¿Cuáles son los beneficios de usar el SAT Buzón Tributario?

Algunos beneficios que ofrece este mecanismo digital son los que presentamos a continuación:

  • De carácter privado y personalizado donde sólo podrán ser visualizados los contenidos que correspondan a un contribuyente.
  • Reduce el uso de tiempo y recursos en la realización de trámites presenciales.
  • Ofrece certeza jurídica en actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como también en las operaciones realizadas.
  • Puede consultarse en cualquier momento y lugar, siempre que poseas conexión a internet.
  • Reconoce el requerimiento de información o resolución derivada de trámites previamente efectuados.
  • Recibe información actualizada acerca de los beneficios y facilidades fiscales de programas en materia fiscal.
  • Proporciona información de gran utilidad para cumplimentar las obligaciones fiscales.

¿Quiénes deben activar el SAT Buzón Tributario?

Todos los contribuyentes inscritos en el RFC están en obligación de activar el Buzón tributario a excepción de los siguientes:

  • Personas físicas y morales con situaciones fiscales de cancelados que son reconocidas por el RFC.

Ahora bien, aquellos que tienen la opción de activarlo o no son:

  • Las personas físicas sin obligaciones fiscales ni actividad económica o suspensiones;
  • Las personas morales que se encuentren con una situación fiscal de suspendidos ante el RFC.

No obstante, estas excepciones no podrán ser aplicadas en los siguientes casos:

  • Cuando se trate de trámites o procedimientos donde se requiera que el contribuyente cuente, de manera estricta, con el buzón tributario.
  • Cuando el procedimiento incluya contribuyentes que hayan emitido una factura electrónica de ingresos. También cuando estos hayan recibido una factura de nómina dentro de los pasados 12 meses.

¿Cómo puedo activar mi Buzón Tributario?

Para activarlo por primera vez, ingresa a la página oficial del buzón tributario del SAT haciendo clic aquí.

¿Cómo puedo actualizar los medios de contacto del SAT Buzón Tributario?

El SAT establece que los contribuyentes que hayan activado su buzón deberán registrar un medio de contacto. Este podrá ser un número de teléfono o correo electrónico como mecanismo de comunicación. Asimismo, estarán en la obligación de mantener esta información actualizada, añadiendo el contacto que les falte, de ser el caso.

Para actualizar tus medios de contacto haz clic aquí.

Actualmente, tienes la opción de registrar de uno a cinco correos electrónicos, además de un número de celular. No obstante, para que la comunicación se haga efectiva, el sistema también requiere que tengas tu e.firma vigente.

¿Cuál es la fecha límite para actualizar los medios de contacto del Buzón Tributario?

Como mínimo el sistema solicita el registro de dos mecanismos de comunicación: un correo electrónico y un número de teléfono. Dicha obligación debió ser cumplida por todas las personas físicas antes del 30 de junio de 2022.

¿Cómo revisar las notificaciones del Buzón Tributario?

Cuando recibas un aviso de notificación pendiente en tu correo debes ingresar al apartado de notificación electrónica dentro del Buzón Tributario. Tras acceder a este, deberás clicar en la opción de “notificaciones” y seleccionar el documento que corresponda.

Recuerda que todos los avisos los recibirás en tu correo electrónico mediante la cuenta de  buzontributario@sat.gob.mx  bajo el asunto “buzón tributario”.

Por otro lado, el plazo legal establecido para notificar cualquier eventualidad es de tres días, por ello, te aconsejamos revisar constantemente tus notificaciones.

Dato adicional

El diseño del sistema es adaptable a ciertos dispositivos móviles según el trámite a realizar. También se puede administrar contenidos favoritos y acceder al apartado “mis expedientes”, entre otras funciones.

¿Estoy obligado a habilitar el buzón si estoy inscrito en el régimen de Asimilados a Salarios o Sueldos y Salarios, aunque no tenga trabajo?

Siempre que te encuentres activo ante el RFC, aunque no estés laborando estarás en la obligación de habilitar tu Buzón Tributario.

¿Cómo puedo enterarme de los avisos o notificaciones que envía el SAT?

Tras habilitar tu buzón tributario, el SAT te enviará un aviso a tu correo, o bien un mensaje de texto al número que hayas registrado. Dentro del mensaje podrás visualizar el aviso del mensaje o acto administrativo que tienes por revisar en tu buzón.

¿Cuáles son los actos administrativos que envía el SAT mediante el buzón tributario?

El Servicio de Administración Tributaria tiene la potestad de enviar cualquier notificación, acto o resolución administrativa emitida en documentos digitales. En conjunto con mensajes de interés para el contribuyente.

¿Cuáles son las consecuencias de no habilitar el Buzón Tributario?

Según lo establecido en el Código Fiscal de la Federación, se aplicará una multa de $3,080.00 a $9,250.00 a quienes no habiliten el buzón. Del mismo modo, dicha multa también será aplicada a los contribuyentes que no finalicen el registro o no actualicen los medios de contacto como corresponde.

En caso de que el contribuyente ofrezca contactos erróneos o inexistentes la acción se toma como oposición a la notificación. En consecuencia, la autoridad podrá notificar a los estrados, donde deberá presentarse el contribuyente. Finalmente, este perderá la oportunidad de recibir notificaciones en tiempo real sobre los actos administrativos entre otros beneficios que ofrece el Buzón Tributario.

¿Las otras autoridades fiscales están autorizadas a enviar actos administrativos al Buzón Tributario?

En realidad, no, puesto que las únicas notificaciones que recibes mediante el buzón son emitidas por el órgano que lo maneja, es decir, el SAT.

¿Es posible darse de baja en el Buzón Tributario?

De acuerdo con la legislación, las personas físicas y morales inscritas en el RFC tendrán asignado un buzón, por tanto, no podrán darse de baja. Igualmente, este deberá ser habilitado incluso si el contribuyente llega a tener una situación de suspensión o cancelación ante el RFC.

¿Es posible habilitar el Buzón Tributario desde un celular?

Por supuesto, las personas físicas pueden habilitarlo empleando su contraseña desde cualquier dispositivo móvil.

¿Puedo registrar algún número de teléfono extranjero como medio de contacto?

Negativo, sólo se pueden registrar números telefónicos de diez dígitos otorgados por los operadores de telefonía móvil de México.

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